¿Cuándo termina la moratoria de AFIP?
El acogimiento a este plan de facilidades de pago se puede realizar hasta el 29 de septiembre de 2023, inclusive. Para hacerlo, hay que ingresar con clave fiscal al servicio Mis Facilidades, opción RG N° 5.361 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023.
Alivio Fiscal para MiPyMEs: Nuevas facilidades de pago
Ya es posible adherir al nuevo plan de facilidades para deudas vencidas al 30 de abril de 2023, incluido en el Alivio Fiscal para pequeños contribuyentes, MiPyMEs y entidades sin fines de lucro, dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.
El nuevo plan de facilidades de pagos permite cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril del corriente año con una menor tasa de financiamiento. No exige pago a cuenta y, dependiendo del tipo de deuda a cancelar, ofrece hasta un máximo de 84 cuotas para micro y pequeñas empresas, 48 para medianas empresas tramo I y 36 para el resto de contribuyentes.
Plan para deuda vencida al 30 de abril de 2023
El total estimado de obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social a regularizar con este nuevo plan de facilidades de pago es de $456.063 millones. El alivio fiscal anunciado para esta clase de deudas beneficia a unos 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son Micro y Pequeñas Empresas, 31,2% son Pequeños Contribuyentes y Monotributistas y 11,5% son Medianas Tramo I.
Las obligaciones alcanzadas por este plan de facilidades de pago son:
- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30/04/2023.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- formulados hasta el 30/04/2023.
El acogimiento a este plan de facilidades de pago se puede realizar hasta el 29 de septiembre de 2023, inclusive. Para hacerlo, hay que ingresar con clave fiscal al servicio Mis Facilidades, opción RG N° 5.361 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023.
La regularización mediante este régimen no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las sanciones pertinentes. No se puede utilizar este plan para reformular planes ya vigentes. Para conocer el procedimiento de adhesión, se podrá consultar la guía «¿Cómo adherir al plan de pagos para obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2023?».
Más información: www.afip.gob.ar/misfacilidades
Resolución General N° 5361/2023
Si necesitas saber cómo solicitar un plan de facilidades AFIP, puedes encontrar toda la información necesaria en nuestro artículo dedicado a este tema. En él, te explicamos paso a paso cómo realizar el trámite y qué requisitos son necesarios cumplir para poder acceder a un plan de pagos con la Administración Federal de Ingresos Públicos. No dudes en consultar nuestra guía completa para obtener toda la información que necesitas.
Si te encuentras en una situación en la que no puedes pagar tu deuda con la AFIP, es importante que conozcas las consecuencias que esto puede acarrear. En el siguiente enlace ‘que pasa si no pago mi deuda con la afip‘ podrás encontrar información detallada sobre las posibles acciones legales que la AFIP puede tomar en caso de impago, como embargos, juicios de ejecución y hasta la posibilidad de ser incluido en el Registro de Deudores Morosos.
Espero que esta información te haya sido útil para entender más sobre la moratoria de AFIP. Si tienes alguna pregunta o duda adicional, no dudes en dejar un comentario y con gusto te responderé. ¡Hasta pronto!